Temporada de declaración de renta 2026: los plazos vencen entre agosto y octubre según los dos últimos dígitos de su cédula o NIT. Presentar tarde cuesta 5% del impuesto por cada mes de retraso. Agenda tu cita por WhatsApp ¿Debo declarar? Ver calendario →

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Declaración de renta 2026: qué revisar si su vencimiento llega en agosto Guías y Recursos

Declaración de renta 2026: qué revisar si su vencimiento llega en agosto

21/08/2026 · Andrés Orlando Gutiérrez

La temporada de declaración de renta de personas naturales ya está en marcha en Colombia. Este 21 de agosto de 2026 vence el plazo para los contribuyentes cuyos dos últimos dígitos del NIT son 13 y 14, y durante los próximos días continuarán los vencimientos para otros números. Para personas naturales de Mosquera, Funza, Madrid, Facatativá, Bojacá, Zipacón, la Sabana de Occidente y Bogotá, este es un buen momento para revisar la información antes de presentar la declaración correspondiente al año gravable 2025.

¿Quiénes deben revisar si están obligados a declarar?

Según la DIAN, una persona natural debe presentar declaración de renta si cumple al menos una de las condiciones previstas para el año gravable 2025. Entre ellas se encuentran haber sido responsable del IVA al 31 de diciembre de 2025; tener un patrimonio bruto superior a $224.096.000; registrar ingresos brutos iguales o superiores a $69.719.000; o superar los límites aplicables en consumos con tarjeta de crédito, compras y consumos, consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras.

Es importante diferenciar entre declarar y pagar. Presentar la declaración es una obligación formal cuando se cumplen los requisitos, pero el resultado puede ser un impuesto a cargo, un saldo en cero o incluso un saldo a favor, dependiendo de la situación tributaria de cada persona, sus retenciones, ingresos, patrimonio y beneficios fiscales aplicables.

Fechas que siguen en agosto

El calendario general de la DIAN establece vencimientos de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT. Después del vencimiento del 21 de agosto para 13 y 14, las siguientes fechas de agosto son:

  • 24 de agosto: NIT terminados en 15 y 16.
  • 25 de agosto: NIT terminados en 17 y 18.
  • 26 de agosto: NIT terminados en 19 y 20.
  • 27 de agosto: NIT terminados en 21 y 22.
  • 28 de agosto: NIT terminados en 23 y 24.
  • 31 de agosto: NIT terminados en 25 y 26.

Los vencimientos continúan en septiembre y octubre, hasta el 26 de octubre de 2026. La recomendación es no esperar al último día, especialmente si se requiere actualizar información del RUT, recuperar accesos o validar la firma electrónica.

La información exógena ayuda, pero no reemplaza la revisión

Desde el 21 de julio de 2026, la DIAN tiene habilitada la consulta de información exógena del año gravable 2025. Este reporte reúne datos enviados por terceros, como empleadores, entidades financieras, clientes, proveedores y notarías. Puede incluir salarios, retenciones, saldos bancarios, intereses, consumos con tarjetas, compras y operaciones relacionadas con bienes.

La propia DIAN advierte que esta información es orientativa. Por eso, no debe copiarse automáticamente en la declaración sin verificarla. Un valor reportado por un tercero puede requerir conciliación, clasificación o explicación, y la responsabilidad de declarar correctamente la realidad económica sigue siendo del contribuyente.

Documentos que conviene organizar

Antes de elaborar la declaración, es recomendable reunir el RUT actualizado, certificados de ingresos y retenciones, certificados bancarios, información de inversiones, soportes de bienes y deudas, documentos de compra o venta de activos y soportes de costos, deducciones o beneficios que correspondan. También conviene comparar estos documentos con la información exógena disponible en la DIAN.

Una revisión anticipada permite identificar diferencias, evitar omisiones y preparar con mayor precisión la declaración. En casos con múltiples fuentes de ingreso, actividad independiente, arrendamientos, inversiones, movimientos patrimoniales o venta de activos, el análisis profesional puede ser especialmente útil.

Apoyo tributario en la Sabana de Occidente y Bogotá

En COLPLUS SAS apoyamos a personas naturales y empresas en la revisión de obligaciones tributarias, preparación de información y elaboración de declaraciones con criterio contable y tributario. Si su vencimiento está próximo o necesita confirmar si debe declarar renta por el año gravable 2025, puede contactarnos por WhatsApp al +57 314 415 1191. Atendemos Mosquera, Funza, Madrid, Facatativá, Bojacá, Zipacón, la Sabana de Occidente y Bogotá.

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